BOXEXPRESS COURIER S.A.S, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 1581 de 2012, que regula la recolección y tratamiento de los datos de carácter personal y establece las garantías legales que deben cumplir todas las personas en Colombia para el debido tratamiento de dicha información, expide las siguientes Políticas y procedimientos que desarrollan la seguridad de la información para el tratamiento de datos personales dentro de la organización.
Todo el contenido de su envió sin excepción debe estar declarado, no se puede omitir información ya que sería causal de decomiso o aprehensión de su carga por parte de la DIAN Artículo 232 Decreto 2685 de 1999.
La importación de bienes objeto de envíos o entregas urgentes cuyo valor no exceda de USD $200, no causará el Impuesto sobre las ventas IVA, solo pagará Arancel. En caso de superar los USD $200 deberá cancelar la totalidad del impuesto Aduanero de IVA y Arancel sobre el valor CIF.
Según artículo 128 Decreto 2685/99 dará lugar a un reajuste de su valor, cuando el inspector de aduana, considera que el valor declarado es inferior al valor real de la mercancía. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la práctica de dicha diligencia, el cliente puede presentar los documentos que acrediten que el valor declarado se ajusta a las normas de valoración o corrige la Declaración en la forma prevista en el Acta de Inspección. Si no está de acuerdo, puede realizar un Derecho de Petición, en el cual deberá presentar los siguientes documentos:
Importante: El derecho de petición no procederá si no cumple con los requisitos exigidos para la modalidad de Trafico Postal o Envíos Urgentes.
Después de notificado el re ajuste al cliente y para poder finalizar el trámite de importación de su envío según el Estatuto Aduanero Colombiano (decreto 2685 de 1999) por concepto de IVA y Arancel, se deberá cancelar dicho valor dentro del mismo mes que diera lugar al re ajuste. Después de vencida la primera fecha contará con 30 días adicionales para legalizar su envío mediante el pago del 15% adicional por concepto de rescate de la mercancía, además de los gastos de almacenamiento que se hayan causado (artículo 231 decreto 2685 de 1999). Transcurridos los términos establecidos en la Ley, sin que la mercancía se hubiere legalizado, esta será procesada cómo abandono y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá disponer de la misma por ser de propiedad de la Nación.
Nuestra cobertura abarca las principales capitales y municipios de los departamentos Colombianos.
Nuestra cobertura para las exportaciones de trafico Postal se extiende a mas de 20 países a nivel mundial, a través de un aliado estratégico.
Nota: Destinos Re expediciones o rutas especiales depende de la frecuencia de salida del Re-expedidor, tiempo de entrega después de su llegada a Colombia 4 a 6 días hábiles.
Box Express dispone de medios tecnológicos que permiten actualizar el estado de la carga en su transito a través del Portal. El cliente podrá ingresar aquí para realizar el seguimiento o rastreo de sus envíos con el número de guía asignado.
El cliente deberá notificar la llegada de su carga a Box Express para su instrucción de despacho, si pasados sesenta (60) días calendario no se ha recibido dicha notificación o por no haber sido cancelado el valor del envío previamente informado, Box Express declarará la carga en abandono.
El cliente autoriza a Box Express el envío de publicidad y/o promociones a través de mensajes de texto o vía correo electrónico, llamada telefónica, impresos o información en la guía.
Condiciones para el envío de Televisores y/o Monitores.
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