PAGO DEL RE AJUSTE O PROPUESTA DE VALOR

Después de notificado el re ajuste al cliente y para poder finalizar el trámite de importación de su envío según el Estatuto Aduanero Colombiano (decreto 2685 de 1999) por concepto de IVA y Arancel, se deberá cancelar dicho valor dentro del mismo mes que diera lugar al re ajuste. Después de vencida la primera fecha contará con 30 días adicionales para legalizar su envío mediante el pago del 15% adicional por concepto de rescate de la mercancía, además de los gastos de almacenamiento que se hayan causado (artículo 231 decreto 2685 de 1999). Transcurridos los términos establecidos en la Ley, sin que la mercancía se hubiere legalizado, esta será procesada cómo abandono y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá disponer de la misma por ser de propiedad de la Nación.

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